sábado, 13 de septiembre de 2008

Informes:

Para más información

Días: Miércoles por medio + reuniones extra

Hora: 21:00 hs.

Lugar: 47 Nº 840 entre 11 y 12

e-mail: conexionesfub@yahoo.com.ar
Cel: 221-15-5048810/14

www.centrosdelafub.com.ar

aportes en 2008 de la fub

DONACIONES PARA EL CEUS

El CEUS y 38 Centros de Estudiantes de la Provincia de Buenos Aires recibirán alimentos, muebles y útiles otorgados por el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia. Esto se debe a gestiones realizadas por Fabián Salguero, Delegado del CEUS y Presidente de la Federación Universitaria Bonaerense (FUB), ante el Director de Juventud de la Provincia de Buenos Aires, Cristian Amador y asesores de diferentes áreas de dicho Ministerio, entre los que se encontraba Javier Arguilla asesor de Mariano Cascallares, Subsecretario de Coordinación Operativa. Luego de varias reuniones se logro concretar el otorgamiento de una caja de alimentos a cada Centro de Estudiantes que equivale aproximadamente a unos 1500 Kilos por mes. También se irán realizando entregas de muebles y algunos útiles, necesario para mejorar el bienestar de los becarios. Este beneficio estará disponible para los Centros el próximo mes donde la FUB repartirá los alimentos casa por casa.

viernes, 12 de septiembre de 2008

fotos de 2006 becados y comison trabajano (2)


fotos de 2006 becados y comison trabajano (1)





fotos antiguas 7 frente de casa de 60 y del edificio de 6 y los jovenes en reunión año 98




foto del campeonato de futbol organizado or el ceus año 96

Becados y comisión en asamblea general año 97

fotos antiguas 6 trabajando en el edificio de 6 y casa 62





fotos antiguas 5 edificio de 6 y frente de casa 62 año 99





fotos antuguas 4 cena aniversario saladillo año 98





fotos antiguas 3 edificio de 6 y cena aniversario en saladilllo año 98





fotos antiguas 2 casa de 60 llegando los chicos y casa de 62 año 99

Mudanza en la casa de 60
Acá los chicos recién llegada a la plata terminando de acomodar sus cosas año 98

fondo de casa de 62, preparada para papi fútbol año 98
Limpiando techo de 62
pasillo de entrada de 62 año 98

Trabajando en acomodar el fondo de 62 año 98

fotos antiguas 1construccion del edificio de 6





E-mail Centros de Estudiantes

E-mail Centros de Estudiantes:


"Centro de Bahía Blanca" centrodebahia@hotmail.com,

"Centro de Benito Juárez" laquerenciabj@yahoo.com.ar,

"Centro de Bragado" ceub_2003@hotmail.com,

"Centro de Carlos Casares" a_c_casares@hotmail.com,

"BsAs Centro de Chacabuco" cechba@hotmail.com,

"Centro de Chacabuco" cechlp@yahoo.com.ar,

"Centro de Chascomús" ceuch_lp@yahoo.com.ar,

"Centro de Chubut" cuchlaplata@hotmail.com,

"Centro de Colón" yan_sole@hotmail.com,

"Centro de Laprida" infoceul@yahoo.com.ar,

"Centro de Las Flores" centrouniversitarioflorense@hotmail.com, "Centro de Lobería" ceul_loberia@ciudad.com.ar,

"Centro de Los Toldos" ceult@yahoo.com.ar,

"Centro de Mar del Plata" cumlp@yahoo.com.ar,

"Centro de Nueve de Julio" cun@netverk.com.ar,

"centro de pehuajo" cup_pehaujo05@hotmail.com,

"centro de pila" centrouniversitariopila@yahoo.com.ar,

"Centro de Rauch" embajadaderauch@hotmail.com,

"Centro de Rojas" ceur_lp@hotmail.com,

"Centro de Roque Pérez" cerp1984@hotmail.com,

"Centro de Saladillo" ceus_saladillo@yahoo.com.ar,

¨Centro de Saladillo¨ ceus_saladillo@hotmail.com

http://ceussaladillo.blogspot.com/

"Centro de San Nicolás" cuenlp@yahoo.com.ar,

"Centro de Santa Cruz" ces_laplata@hotmail.com,

"Centro Rivadavia" ceprilp@hotmail.com,

"Centro Universitario Pampeano." cup_laplata@hotmail.com, Centro de Bahia Blanca, centrodebahia@yahoo.com.ar,

Centro de 30 de Agosto; ceta30deagosto@hotmail.com,

Centro de 25 de Mayo, cev_25demayo@yahoo.com.ar,

"Comisión de Deportes" futbol_fub@yahoo.com.ar,

ceublp@estudiantesbragado.com.ar,

ceucba@yahoo.com.ar,

Comisión Directiva de la F.U.B. (2007-2008)

PRESIDENTE: Salguero, Fabián (Saladillo)
VICEPRESIDENTE: Iriart, Germán (Lobería)
SECRETARIA GENERAL: Rodríguez, Soledad (Ayacucho)
PROSECRETARIO: Riquelme, Tatiana (Las Flores)
TESORERO: Martín, Lautaro (9 de Julio)
PROTESORERO: Emanuel Caplan (Bahía Blanca)

VOCALES TITULARES:

1. Norbis, Atilio (Pila)
2. Pacho, Enzo (Bolívar)
3. Aránguiz, Eduardo (Henderson)
4. Portilla, Marilina (25 de Mayo)
5. Paz, Maria José (Arrecifes)
6. Cuneo, Néstor (Los Toldos)

VOCALES SUPLENTES:

1. Roldan, Santiago (Pinto)
2. Gómez del Mónaco, Natalia (Pehuajo)
3. Larramendy, Gerardo (Chascomus)

REVISORES DE CUENTAS TITULARES:

1. Alice, Juan Manuel (Bragado)
2. Zacaruza, Daiana (Punta Alta)
3. Coraccini, Silvana

REVISORES DE CUENTAS SUPLENTES:
1. Sansone, Rocío (Chacabuco)
2. Martel, Nancy (Mar del Plata).

Reuniones de la FUB
Días
: Miércoles por medio + reuniones extra
Hora: 21:00 hs.
Lugar: 47 Nº 840
entre 11 y 12

e-mail: conexionesfub@yahoo.com.ar
Cel: 221-15-5048810/14

fotos antiguas casa de 62 en el año 97







CEUS

REGLAMENTO DE BECAS Y CONVIVENCIA

Título Preliminar. Objetivos

Artículo 1°: El objetivo de este reglamento es regular el procedimiento para el otorgamiento de las distintas clases de becas y las actividades de los becados dentro de la institución.

Libro Primero: De las becas

Capítulo Primero: Parte General

Título Primero: De los becados

Artículo 2°: Se considera becado a aquella persona de uno u otro sexo que resulte favorecida con el otorgamiento de alguna/s de las clases de beca que otorga la institución.

Artículo 3°: La Comisión Directiva otorgará las becas teniendo en cuenta los requisitos establecidos en el Estatuto de la institución y este Reglamento, no pudiendo realizar ningún tipo de discriminación por sexo, raza, religión, opinión política o cualquier otro motivo que atente contra la vigencia del respeto a los derechos humanos.

Título Segundo: De las clases de Becas

Artículo 4°: Las becas se clasifican en:

a) Becas de vivienda anual.

b) Becas de vivienda transitoria o residencia.

c) Becas de dinero

d) Becas de transporte.

e) Becas de alimento.

f) Cualquier otra categoría de becas a crear por la Comisión Directiva.

Artículo 5°: Beca de vivienda anual es aquella que se otorga a los estudiantes que reúnen los requisitos exigidos por el Estatuto del CEUS y este Reglamento. Duran todo el ciclo lectivo anual pero deben renovarse pasado el receso invernal.

Artículo 6°: Beca de vivienda transitoria o residencia es aquella que se otorga a aquellas personas comprendidas en el Título Nueve-Artículo Vigésimo Octavo de Estatuto y que cumplan los requisitos exigidos por este Reglamento.

Artículo 7°: Beca de dinero es aquella consistente en una suma fija de dinero a abonar por única vez o por un período de tiempo determinado a aquellos estudiantes que reuniendo los requisitos exigidos por la Comisión Directiva se hagan acreedores a este beneficio.

Artículo 8°: Beca de Transporte es aquella consistente en la entrega de vales de viaje o dinero paras viajar a aquellos estudiantes que reuniendo los requisitos exigidos por la Comisión Directiva se hagan acreedores a este beneficio.

Artículo 9°: Beca de Alimento es aquella consistente en la entrega de vales para acceder a un determinado comedor o la materializada en la entrega de alimentos a los estudiantes que reuniendo los requisitos exigidos por la Comisión Directiva se hagan acreedores a este beneficio.

Artículo 10°: La Comisión Directiva está obligada al otorgamiento de las becas contenidas en los artículos 5 y 6, quedando el resto de las categorías de becas a su consideración según las circunstancias y los recursos existentes.

Título Tercero: De los Lugares Disponibles

Artículo 11°: La Comisión Directiva deberá distribuir a los becados en las distintas viviendas del CEUS del modo que garantice la mayor comodidad y asegure la mejor convivencia entre ellos.

Artículo 12°: los beneficiarios de becas transitorias o de residencia se alojarán en la/s vivienda/s que disponga la Comisión Directiva teniendo en cuenta la mayor comodidad para éstos y los demás becados.

Título Cuarto: De los Derechos de los Becados

Artículo 13°: los becados poseen los siguientes derechos:

a) Gozar de la beca por el período otorgado

b) Solicitar la renovación de la beca por un nuevo período siempre que mantengan los requisitos exigidos

c) Renunciar a la beca comunicando dicha decisión por escrito a la Comisión Directiva

d) Elevar sugerencias de cualquier tipo a la Comisión Directiva

e) Participar de las reuniones abiertas de la Comisión Directiva con voz pero sin voto.

Título Quinto: De las Obligaciones de los Becados

Artículo 14°: Los becados tienen las siguientes obligaciones hacia la institución:

a) Cumplir con el Estatuto y el Reglamento

b) Acatar las resoluciones de la Comisión Directiva y Asambleas

c) Aportar toda la documentación requerida por la Comisión Directiva en tiempo y forma

d) Abonar la cuota establecida por la Comisión Directiva en tiempo y forma (becados de los artículos 5 y 6)

Título Sexto: De la Cuota

Artículo15°: La Comisión Directiva fijará el importe de la cuota a abonar por los becados comprendidos en el artículo 5 de forma mensual, considerando el ciclo lectivo anual desde el mes de febrero al mes de diciembre inclusive.

Artículo 16°: Para los becados del artículo 6 se fijará una cuota diaria.

Artículo 17°: Las cuotas se abonarán por período adelantado.

Artículo 18°: La Comisión Directiva fijará los montos de las cuotas con criterios de razonabilidad.

Capítulo Segundo: Becas de Vivienda Anual

Título Primero: De los Requisitos para la Solicitud de la Beca

Artículo 19°: Para solicitar la beca del artículo 5, el aspirante deberá reunir las siguientes condiciones:

a) Carecer de los recursos indispensables para afrontar el alquiler de una vivienda en la ciudad de La Plata.

b) Tener aprobado, al momento de presentar la solicitud, el ciclo secundario completo, debiendo haber cursado como mínimo la mitad del mismo en establecimientos del partido de Saladillo o escuelas rurales de la zona.

En caso de tratarse de renovación de beca, haber aprobado como mínimo la mitad de las materias del año en curso y estar al día con el pago de las cuotas.

c) Ser residente de la ciudad o partido de Saladillo

d) Haber observado buena conducta durante sus estudios secundarios. En caso de tratarse de renovación de beca, haber demostrado buena convivencia y predisposición para con las colaboraciones exigidas por la institución.

e) Presentar toda la documentación exigida por la Comisión Directiva en tiempo y forma.

f) Estar inscripto o ser alumno regular de un establecimiento público terciario o universitario de la ciudad de La Plata o su zona de influencia.

Título Segundo: Otorgamiento de la Beca de Vivienda Anual

Artículo 20°: La Comisión Directiva otorgará el número de becas que considere conveniente, teniendo en cuenta la capacidad edilicia, para la correcta convivencia entre los becados.

Artículo 21°: Las solicitudes deben ser presentadas en la forma que disponga la Comisión Directiva y dentro del plazo al efecto.

Artículo 22°: El año lectivo estará dividido en dos períodos: El primero culminará al finalizar el receso invernal y el segundo, el día 24 de diciembre. La beca caduca al concluir el primer período, la Comisión Directiva renovará automáticamente la misma para el segundo período a quienes hayan cumplido con el Estatuto, este Reglamento y las Resoluciones de Comisión Directiva y Asambleas. A tal efecto, los becados aportarán toda la documentación que les fuere requerida por la institución.

Artículo 23°: El otorgamiento y renovación de becas lo discernirá la Comisión Directiv, la que se expedirá sobre los ítems que se detallen a continuación:

a) Ingreso mensual familiar (situación económica en general)

b) Rendimiento académico

c) Circunstancias particulares que impidan o dificulten la continuación de sus estudios

d) Relación del aspirante y su grupo familiar con el CEUS (voluntad, dedicación, espíritu de colaboración, participación, solidaridad, etc.)

Artículo 24°: La Comisión Directiva otorgará las becas a aquellos solicitantes que cumplan mayoritariamente con los requisitos que constan en este Reglamento. En caso de considerarlo necesario, la C.D. podrá recurrir a la evaluación técnica de cada caso a los asistentes o trabajadores sociales de la Municipalidad de Saladillo, o de cualquier otra institución de la ciudad de Saladillo, que ofrezca su colaboración al efecto.

Título Tercero: De la Documentación Requerida

Artículo 25°: El aspirante deberá remitir a la Comisión Directiva la siguiente documentación:

a) La planilla completa con todos los datos requeridos en ella y su firma al pie.

b) Certificado de finalización de estudios secundarios. En caso de ser pedido de renovación de beca, deberá acompañar certificado analítico, de alumno regular y cualquier otra documentación que estime necesaria la C.D.

c) Fotocopia del DNI del aspirante y de su tutor si éste es menor de edad.

La documentación exigida en este artículo quedará archivada en el legajo personal del aspirante.

Título Cuarto: De la Suspensión y Terminación de las Becas

Artículo 26°: La beca podrá quedar en suspenso o ser retirada en cualquier momento por infracción al Estatuto, este Reglamento o las Resoluciones de Asambleas o Comisión Directiva.

Artículo 27°: La Comisión Directiva para suspender o retirar una beca deberá contar con el consentimiento de dos tercios del total de sus miembros (cinco votos) en reunión convocada al efecto. En todos los casos de suspensión o retiro de beca, se deberá comunicar a la mayor brevedad posible al damnificado dando cuenta de los motivos de tal decisión.

Capítulo Tercero: Becas de Residencia

Título Primero: De las Becas de Viviendas Transitorias o Residencia:

Artículo 28°: Para solicitar la beca del artículo 6, el aspirante deberá reunir los siguientes requisitos:

a) Completar y firmar la planilla que el CEUS entregará al efecto

b) Indicar si los motivos de sus solicitud son: trámites administrativos, judiciales, sanitarios u otros relacionados con éstos; para acompañar familiares o allegados en tratamiento médico o similar; por otros motivos.

c) Carecer de los recursos indispensables para costearse una pensión, hotel o similar (demostrar la real necesidad de la beca)

d) Ser residente del partido de Saladillo

e) Haber demostrado poseer una buena conducta ciudadana, no haber mostrado signos de inmoralidad que puedan afectar a la institución.

Título Segundo: Del Otorgamiento y Documentación

Artículo 29°: El otorgamiento o renovación de la beca lo discernirá la Comisión Directiva, la que se expedirá teniendo en cuenta los ítems que se detallen a continuación:

a) Situación económica del aspirante y su grupo familiar

b) Relación del aspirante con el CEUS (colaboración, compromiso, aporte, etc.)

c) Comportamiento observado en ocasiones anteriores (en caso de no ser primer pedido de beca)

Artículo 30°: El beneficiario de la beca deberá abonar por adelantado a la Comisión Directiva la cuota por el total de los días a permanecer en la institución, aportar para los gastos de servicios públicos proporcionalmente al uso que haga de ellos y participar en tareas de limpieza de la vivienda y de los elementos que de ella utilicen.

Artículo 31°: el aspirante deberá remitir a la Comisión Directiva la siguiente documentación:

a) Planilla de solicitud de beca completa y firmada

b) Adjuntar a la planilla los certificados que demuestren la necesidad de la beca

c) Fotocopia del DNI y DNI del tutor en caso de ser menor de edad La documentación exigida en este artículo quedará archivada en la carpeta correspondiente

Título Tercero: De la Duración de la Beca

Artículo 32°: La beca tiene una duración de cinco (5) días pudiendo ser renovada por nuevos períodos en caso de necesidad.

Artículo 33°: La Comisión Directiva podrá retirar intempestivamente la beca el beneficiario no cumpla con la normativa vigente dentro de la institución.

Capítulo Cuarto: De las Demás Clases de Becas

Titulo Primero: Becas de Dinero, Transporte, Alimento y Otras.

Artículo 34°: Las becas enunciadas en el artículo 4° inciso "c", "d", "e" y "f", podrán ser creadas y suprimidas en cualquier momento por la Comisión Directiva. Para la creación de cualquiera de estas becas, la C.D. deberá tener en cuenta las necesidades existentes entre el estudiantado asociado al CEUS y los recursos con que cuente la institución para poder afrontar el pago de éstas.

Artículo 35°: Para el otorgamiento de cualquiera de estas becas la Comisión Directiva tendrá en cuenta la situación del aspirante y su grupo familiar.

Artículo 36°: El hecho de que el aspirante goce de una beca del articulo 5 no lo excluye a solicitar ninguna de las demás clases de becas.

Título Segundo: Documentación Requerida

Artículo 37°: El aspirante deberá remitir a la Comisión Directiva la siguiente documentación:

a) Planilla completa y firmada al pie

b) Fotocopia del DNI y DNI del tutor en caso de ser menor de edad.

c) Cualquier otra documentación exigida en este artículo quedará archivada en el legajo personal del aspirante.

Título tercero: Duración y renovación de las Becas

Artículo 38°: Las becas de este capítulo tendrán la duración que estime conveniente la Comisión Directiva y podrán ser renovadas por nuevos periodos siempre que se mantengan los requisitos exigidos.

Título Cuarto: Generalidades.

Artículo 39°: El CEUS podrá aceptar becas otorgadas por instituciones oficiales o privadas y distribuirlas entre sus asociados aplicando las reglas de la sana crítica y la equidad.

Libro Segundo: De la Convivencia

Capítulo Único: Del Régimen de Convivencia

Título Primero: De la Convivencia Interna

Artículo 40°: Los becados deberán desarrollar una convivencia acorde a las normas propias de un hogar universitario, demostrando respeto por el prójimo y por la institución.

Artículo 41°: Los becados deberán espetar los horarios de estudio y descanso de cada integrante de la casa, acorde a los preceptos de sentido común.

Artículo 42°: Los becados deberán llevar a cabo sus tareas cotidianas, de modo de no afectar los principios de la moral y las buenas costumbres.

Artículo 43°: Los becados deberán cumplir con las tareas de limpieza y mantenimiento de la vivienda, las que serán repartidas equitativamente entre todos los que la habiten

Título Segundo: De la Prohibición de Fumar

Artículo 44°: está terminantemente prohibido fumar en los ambientes cerrados de las viviendas del CEUS

Título tercero: Del Tratamiento de Conflictos

Artículo 45°: En caso de detectarse conflictos de convivencia, la Comisión Directiva "per se" o a pedido de los becados, intervendrá en carácter de mediadora para intentar restablecer la buena convivencia y/o aplicar sanciones.

Artículo 46°: La Secretaría de Asuntos Internos será la encargada de realizar las gestiones necesarias para procurar una buena convivencia y en caso de existir conflictos, llevarlos a una solución satisfactoria

Título Cuarto: De las Sanciones

Artículo 47°: Las sanciones por incumplimiento a este Capítulo serán:

a) Llamado de atención

b) Apercibimiento

c) Suspensión de la Beca por el tiempo que estime conveniente la Comisión Directiva.

d) Retiro de la Beca

Las sanciones de los incisos "c" y "d" podrán ser dejadas sin efecto a cambio de tareas en beneficio de la institución. Para acceder a esta opción se necesitará la conformidad de la totalidad de los miembros de la CD

Disposiciones Finales

Artículo 48°: En caso de existir términos oscuros corresponde a la Comisión Directiva su interpretación.

Artículo 49°: Este Reglamento deberá darse a conocer a todos los becados y aspirantes a serlo. A tal efecto, se procurará su difusión por los medios de comunicación social y los sistemas de información existentes.

Artículo 50°: Procédase a extraer copias de este Reglamento para su difusión

Artículo 51°: De forma.

miércoles, 10 de septiembre de 2008

Historia del CEUS

Historia del centro de estudiante universitario de saladillo

El ceus fue fundado el 25 de agosto de 1955. La creación de este centro surge por la iniciativa de un grupo de jóvenes saladillenses, cuyo objetivo principal era de colaborar en el crecimiento de la comunidad a través del apoyo económico a los jóvenes que deseaban y desean en la actualidad acceder a la educación terciaria y universitaria.

La idea de fundar el ceus surge de la iniciativa de Néstor Cortina, Jorge Scarrá, Pedro Lespada, Carlos Martín, Isabel Cotignola, Ricardo Gaddi entre otros.

Las primeras reuniones se realizaban en la casa de Néstor Cortina, ya que la institución no poseía vivienda propia ni alquilada. Recién en el año 1973 la comisión con ayuda del Rotary Club y la Municipalidad y como siempre la incansable ayuda que nos brinda la comunidad de saladillo. Se alquila una casa en calle 50 entre 1 y 2 donde comenzó a funcionar la primera sede del centro. En el año 1979 se compro la primera casa la cual estuvo ubicada hasta octubre del año 1987 en la calle 65 entre 1 y 115 en octubre del 87 durante la gestión de un hombre saladillense como gobernador de la provincia de Buenos Aires, el Doctor Alejandro Armendáriz, se compro la actual sede que esta ubicada en calle 6 Nº 1463 entre 62 y 63.

En año 1992 se otorga al ceus el manejo del centro de residentes, en calle 60 N° 881 casi 12, por lo tanto hoy el ceus cumple la función de los dos centros agrupados en uno solo. En esa casa que era de residentes se empieza una obra con dos locales comerciales y una plata alta de cuatro habitaciones en poco tiempo ya estaba concluida en un 75 % y la segunda, en construcción en calle 6N° 1463.

Este proyecto institucional que nos enorgullece mostrar es un sueño que surgió de un grupo de jóvenes a mediados del 1994. En sus orígenes parecía una misión imposible, que fue ganando credibilidad y ahora se lo podemos mostrar que ese sueño alocados para algunos hoy es realidad.

Esto le dio al centro un eficaz desenvolvimiento, permitiendo una mayor comodidad a los becados, el mismo contempla capacidad para 24 becados en condiciones optimas de estudios, para poder cumplir con las necesidades existentes fue necesario proyectar una torre de departamentos formada por cuatro plantas, un salón multiuso de 90m2 en planta baja, donde se puede realizar conferencias, exposiciones artísticas, tareas recreativas, etc.

Mas las tres plantas de cuatro habitaciones cada una con dos baños por planta.

Un comedor y cocina de importantes dimensiones, además un aula con equipos informáticos y un aula para estudios.

Todo esto se pudo ver plasmado el 25 de agosto del 2003. Esto se pudo llevar a cobo gracias a la ayuda Municipal y de algunos funcionarios de la Provincia, y al trabajo incansable de las comisiones que pasaron que nunca abortaron este gran proyecto.

El centro siguió creciendo haya el año 1997 se compra la casa de 62 N°572 entre 6 y 7 con ayuda de la municipalidad de Saladillo. Esa época va a quedar marcada porque el centro tuvo sus elecciones como cada año pero con más de dos lista para las futuras comisiones hubo intercambios de ideas, proyectos de todos sus candidatos y esto es muy importante.

A lo largo de la historia del ceus se han obtenidos distintos logros como son la participación de los estudiantes en torneos deportivos, la edición de revistas como medio informativo para estudiantes secundario de saladillo que tengan la inquietud de ingresar en algunas de las facultades de esta ciudad, se han otorgado becas a distintos estudiantes, los cuales hoy tienen un titulo, sin la ayuda del centro al otorgar las becas no hubiese sido posible comenzar la carrera elegida. También como información para la comunidad de saladillo entre cosas se han realizado espectáculos culturales. Las esperanzas de ver crecer al ceus se ve cada día mas fortalecida. Se realizo la inscripción de socios con un pequeño carnet identifica torio que le otorga el centro puede acceder a descuentos en fotocopias en varios puntos clave de la ciudad de la plata, descuento en un 40% en gimnasio y lo que es mas importante un descuento de 30% en la empresa de transporte a saladillo con solo el carnet.

En diciembre de 1996 recibimos un reconocimiento a nuestra labor de parte de “FREPASO” en el marco de una campaña nacional llamada “Argentina tiene ejemplos”, organizada por importantes personalidades de la política nacional como Graciela Fernández Maijide, chacho Álvarez y la diputada nacional Irma Parentella.

La alianza con otras instituciones de primera categoría en 1994 para el lanzamiento del primer gran bono “CE.T.I.DI.M.”-“CEUS”-“CE.DI.FI.SA.”

Hoy en el año 2006 se sigue realizando el bono y cada año mas instituciones quieren entrar a esta gran familia de”instituciones” hace unos años también empezaron a participar de este bono (CE.T.DI.M, CE.DI.FI.SA, Agrupación Ciclista de Saladillo, Amigos de la Biblioteca popular Municipal Bartolomé Mitre, Asociación Tradicional “La Flor Del Ceibo”, Hogar Jesús Maria).

También a mediados del 1996 el intendente de Saladillo Carlos A. Gorosito toma la decisión política de donarnos las cenas del aniversario de saladillo. Que hasta la actualidad el centro sigue organizando cada 31 de julio con ayuda de los becados y los padres de los becados, amigos y gente que colabora con el centro.

El ceus realizó por el año 1998 un convenio con el Instituto de Hemoterapia de la ciudad de la plata, que tiene como misión asistencial suministrar sangre a los centros sanitarios de la zona; tanto públicos como privados, para que aquellas personas que provengan de la ciudad de Saladillo y requieran de este tipo de servicio, no estén desprotegidos. De esta manera, el CEUS no solo piensa en los estudiantes; sino también se preocupa por todos aquellos que no lo son.

Todo aquel que pertenezca a la ciudad de saladillo y tenga la necesidad de este beneficio, en los hospitales o clínicas de la ciudad de la plata, deberá acercarse a nuestro centro. De esta manera, es una forma de retribuir el apoyo que cada año nos otorga la comunidad de saladillo. Hoy en día seguimos trabajando con la misma ganas y haciendo campañas junto a otras instituciones.

Hoy como años anteriores seguimos soñando que el centro tiene que seguir creciendo para todos. Tenemos dos obras en construcción la primera que ya esta finalizada casi en su totalidad que fue ampliar la cocina de la casa de la calle 60 casi 12 y otra que esta comenzando que es en calle 62 entre 6 y 7 que es la refuncionalizacion de dicha vivienda.

1955/56: Ricardo Gaddi

1970/71: Gustavo Barracer

1971/72/73: Horacio Romero

1973/74: Francisco Ferro

1975/76: Carmen Calabrese

1979/80: Carmen Calabrese

1980/81/82: Oscar Spitaleri

1982/83: Victor Constantini

1983/84: Guillermo Zudaire

1984/85: Eduardo Houtre

1985/86: Jose Luis Molinuevo

1986/87: Gustavo Gualberto

1987/88: Gustavo Pellegrino

1988/89/90/91: Marcelo Clausel

1991/92: Claudio Massaccisi

1992/93: Hector Araujo

1993/94: Ricardo Lissalde

1994/95: Gustavo Larocca

1995/96: Guillermo Candia

1996/97/98: Walter Abarca

1998/99: Ricardo De Lucia

1999/00: Laura Renzi

2000/01: Alejandro Mariotto

2001/02/03: Gustavo Di Battista

foto 2003

domingo, 7 de septiembre de 2008

Becados

Bastias José
Beneditti Martín
Bosco Emanuel
Censi Andrés
Centani Fernando
Conte Enzo
De La Serna Lucas
De Piero Gastón
Di Batistta Cristian
Diaz Orrac, Nazareno
El Sezar Martín
Erro Gallardo Joaquín
Fanassi Fernando
Garrahan, Jonatan
Gibello Juan Pablo
Guillon, Alejandro
Leguizamon, Jonatan
Marinacci Gonzalo
Pareja, Juan Miguel
Quiñone, Juan Manuel
Quinterno, Sebastian
Renzi, Jose Luis
Roark, Esteban
Rodriguez, Gerardo
Rodriguez, Mauricio

Becadas


Agostino Ana Inés
Aquilano Gabriela
Bacre Julieta
Biedma, Guadalupe
Blanco Soledad
Cabrera Valeria
Carletti Erika
Centurión Maria Emilia
Chaves Mónica
Cimino Micaela
Conte, Cecilia
Conte Mariana
Crespo,Cecilia
Diaz, Evelina
Farias Guadalupe
Gabrielloni Luciana
Gallego Maria Sol
Grela Karen
Iocco Daiana
Ledesma Estefanía
Lomiento, Erica
Manzor Zaira
Marquez, Ana Belen
Marquez, Daniela
Maurente, Melina
Maurente, Noelia
Molfino, Soledad
Molina Ailin
Novak, Erica
Oses Guadalupe
Paglioni, Andrea
Palomeque, Magdalena
Pascal, Carla
Pereda, Norma
Pereda, Natalia
Roark, Karina
Roark, Melina
Roark, Paula
Rocca Paula
Rodriguez, Daniela
Ruiz, Gisela
Salomon, Cintia
Salvatierra, Gloria
Serrani, Corina
Stagnari, Laura
Trezza, Daiana
Valeriani, Veronica
Vargas Micucci Andrea
Wangher, Alma

ceus 2008

DONACIONES PARA EL CEUS

El CEUS y 38 Centros de Estudiantes de la Provincia de Buenos Aires recibirán alimentos, muebles y útiles otorgados por el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia. Esto se debe a gestiones realizadas por Fabián Salguero, Delegado del CEUS y Presidente de la Federación Universitaria Bonaerense (FUB), ante el Director de Juventud de la Provincia de Buenos Aires, Cristian Amador y asesores de diferentes áreas de dicho Ministerio, entre los que se encontraba Javier Arguilla asesor de Mariano Cascallares, Subsecretario de Coordinación Operativa. Luego de varias reuniones se logro concretar el otorgamiento de una caja de alimentos a cada Centro de Estudiantes que equivale aproximadamente a unos 1500 Kilos por mes. También se irán realizando entregas de muebles y algunos útiles, necesario para mejorar el bienestar de los becarios. Este beneficio estará disponible para los Centros el próximo mes donde la FUB repartirá los alimentos casa por casa.